En un autopercibido acto de justicia social, la Cámara de Diputados de la Provincia se metió de lleno en una polémica que arrastra hace meses y lejos parece estar de encontrar una solución porque el tema se centra en el salario que perciben los trabajadores de la Dirección General de Rentas.
Con salarios que superan los tres millones de pesos brutos, la mayoría de los representantes de la Cámara baja se vistieron hace días de Robin Hood para establecer un marco legal que permita sacarles parte del salario a los “millonarios” trabajadores del ente estatal y devolver, supuestamente, esos fondos recuperados a las arcas estatales.
¿Qué dice el proyecto?
La Ley con media sanción de Diputados modifica el artículo 380 del Decreto Ley 9/75, referido al “Fondo de Estímulo” de la Dirección General de Rentas de la Provincia.
Según la Cámara baja, la citada norma instituye una cuenta denominada “Fondo de Estímulo” que se conforma con un porcentaje de la recaudación de impuestos, tasas y contribuciones percibidos por la Dirección General de Rentas de la Provincia.
La finalidad del Fondo, en efecto, es el otorgamiento de una suma de dinero para empleados y empleadas ajustada a determinadas pautas, condiciones y niveles de rendimiento.
Dicho Fondo fue creado en 1956. En ese momento, se conformaba con el cinco por mil de la recaudación del organismo y contemplaba como tope del premio de estímulo el 50% del total del sueldo percibido por el beneficiario.
En este sentido, la modificación establece que el mismo se acreditará con el diez por mil (10%o) del importe de la recaudación de impuestos, tasas y contribuciones cuya percepción efectúe la citada repartición, más el veinticinco por mil (25%o) sobre el incremento interanual registrado en cada mes y se debitará por las sumas que se destinen al otorgamiento de premios de estímulo al personal de la citada dependencia. El monto de los citados premios de estímulo no podrá nunca, exceder el monto equivalente a un sueldo que, por todo concepto, remunerativos o no, sean percibidos por cada beneficiario, sin incluir para dicho cálculo este premio.
Así, la Tesorería de la Provincia depositará mensualmente en la mencionada cuenta a la orden de la Dirección General de Rentas el citado importe teniendo en cuenta los porcentajes a aplicar en cada caso, pero se debitará por la parte de dicha recaudación que se destina a Rentas Generales de la Provincia.
Con la norma también se faculta al Ministerio de Economía y Servicios Públicos conjuntamente con la Coordinación Administrativa de la Gobernación a reglamentar el otorgamiento de premios de estímulo al personal de la Dirección General de Rentas. La rendición de cuentas del manejo de fondos a que se refiere este artículo debe efectuarse en las fechas fijadas para el cierre del ejercicio. En el caso de existir excedentes, se procederá a su devolución a la Tesorería dentro de los 20 días siguientes a la fecha mencionada precedentemente.
Descontento
El proyecto, que ahora deberá ser tratado en el Senado, genera un sinfín de críticas por parte de los trabajadores del organismo. En este contexto, los empleados están dispuestos a agotar las instancias judiciales porque entienden que la norma es “inconstitucional” y además genera un mal antecedente para el resto de los empleados públicos que se rigen con convenios colectivos de trabajo.
“Los convenios solamente pueden ser modificados a través de otro convenio y en el Poder Ejecutivo, no en el Poder Legislativo. Hay que remarcar la peligrosidad de dicho proyecto y la inconstitucionalidad. Se está por cometer un grave delito porque si este proyecto sigue avanzando, marca un mal precedente porque podrían caer otros convenios”, dijo Belén Andreoni a Legisnoa.
Ante el reclamo que llevan adelante los trabajadores de Rentas, la referente explicó que la molestia con la propuesta legislativa surge a partir de la modificatoria pretendida sobre el artículo 380 del Código Fiscal, el cual regula todo lo que se relaciona con la recaudación de la provincia.
“A través de este artículo se regula nuestra remuneración y lo que quiere hacer el Poder Legislativo es legalizar la quita ilegal del 80% de nuestros ingresos”, dijo Andreoni. Y detalló: “En el mes de enero sufrimos una quita del 30% y a partir de febrero, cumpliendo con todas sus advertencias del Ministerio de Economía, hicieron efectiva la quita del 80% de nuestros ingresos”.
Consultada sobre los justificativos que el oficialismo parlamentario esgrimió para impulsar la medida, la referente de Rentas consideró que parten de argumentos “caprichosos” y carentes de sustento como la emergencia económica de la que se también se aferra la administración nacional de gobierno.
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