Con los cambios en la norma se establecen nuevos pisos de afiliación, se prohíbe la doble afiliación y se establecen reglas estrictas de financiamiento, prohibiendo donaciones de empresas concesionarias de servicios públicos, juegos de azar y sindicatos.
La Cámara de Senadores de la Provincia dio sanción definitiva a la reforma de la Ley 6042, que regula el funcionamiento de los partidos políticos y agrupaciones municipales. La normativa introduce cambios estructurales, entre los que destacan la ratificación de la personería jurídica doble, la obligatoriedad de la capacitación para dirigentes y la implementación de la “Ficha Limpia”, que prohíbe candidaturas a personas procesadas o condenadas por crímenes de lesa humanidad. Además, se fijan nuevos pisos de afiliación —del cuatro por mil del padrón para partidos y un mínimo de 350 para agrupaciones municipales— y se prohíbe estrictamente la doble afiliación.
El senador Jorge Soto, defensor del proyecto, fundó la necesidad de actualizar una norma con más de cuatro décadas de vigencia para adecuarse a la realidad constitucional y política actual. Según Soto, la reforma busca dotar de transparencia al sistema, eliminando el anonimato en los aportes de campaña y terminando con la “venta de sellos” y la proliferación de agrupaciones municipales ficticias que utilizan la doble afiliación de manera irregular. “Para nada se están cercenando derechos ni firmando un certificado de defunción; al contrario, se busca ordenar el sistema electoral para que los salteños tengan una oferta política clara y honesta”, aseguró el legislador.
En la vereda opuesta, el senador por la Capital, Roque Cornejo, manifestó un rechazo tajante, calificando la iniciativa como un “ataque a las garantías y derechos políticos de los ciudadanos”. Para Cornejo, el argumento de la antigüedad de la ley es insuficiente y esconde un trasfondo estratégico orientado a la manipulación electoral. Según su visión, las nuevas restricciones, especialmente la prohibición de coexistir en un partido provincial y una agrupación municipal, tienen como único fin “achicar la participación política”, afectando principalmente al interior profundo de la provincia y limitando la libertad de asociación de los vecinos.
Uno de los puntos de mayor fricción durante el debate fue la sospecha de que esta reforma sea la antesala de cambios aún más profundos en el sistema de votación. Cornejo vinculó directamente la aprobación de esta ley con un supuesto plan del Ejecutivo para reinstalar la Ley de Lemas, sugiriendo que se busca “bajar el volumen partidario” para facilitar el control de las candidaturas “a dedo”. Ante estas acusaciones, Soto respondió con dureza, señalando que el sistema electoral vigente es el mismo con el que la oposición obtuvo sus bancas y descartando que la provincia esté participando de algún tipo de fraude o estafa a los electores.
Más allá de la disputa dialéctica, la nueva ley establece reglas estrictas de financiamiento, prohibiendo donaciones de empresas concesionarias de servicios públicos, juegos de azar y sindicatos. También regula la democracia interna, exigiendo que las elecciones de autoridades partidarias cuenten con la participación de al menos el 10% del mínimo de afiliados exigidos. Asimismo, se fijó un límite de cuatro años para los mandatos directivos y se establecieron causas claras de extinción de las fuerzas políticas, como la instrucción militar a sus miembros o la realización de actividades contra los principios de la ley.
Con la sanción definitiva, los partidos políticos y agrupaciones vigentes entran en un período crítico de transición. La normativa incluye una cláusula transitoria que otorga un plazo de 60 días para que todas las fuerzas políticas adecuen sus registros de afiliados y depuren los casos de doble afiliación. Mientras el oficialismo celebra la modernización del marco legal como un paso hacia la transparencia, la oposición advierte que permanecerá alerta ante lo que considere un intento de limitar la diversidad de voces en el escenario político salteño.





