¿Qué pasó en la Legislatura?: Aguas Blancas acaparó la agenda

La Cámara de Diputados y el Senado coincidieron esta semana en la aprobación y la sanción definitiva, por unanimidad en ambas cámaras, del proyecto de Ley que establece la intervención del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Aguas Blancas, del departamento Orán, con encuadre en el artículo 179, inciso 2) de la Constitución Provincial. La norma determina que el intendente en ejercicio cesará en su cargo a partir de la entrada en vigencia de Ley, a la vez que faculta al Poder Ejecutivo Provincial a designar al comisionado interventor del Departamento Ejecutivo Municipal, con las atribuciones que la Constitución y las Leyes de la Provincia confieren a los órganos intervenidos. La norma dispone que la intervención se extenderá hasta la asunción del nuevo intendente municipal que resultare electo en las próximas elecciones provinciales del año 2025.

Diputados avanzó esta semana también en la media sanción del Régimen Excepcional de Medidas de Alivio Fiscal a Contribuyentes. El proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo establece un régimen excepcional y transitorio para deudas tributarias administradas por la Dirección General de Rentas de Salta, incluidas las que se encuentren en curso de discusión en sede administrativa o sean objeto de un procedimiento administrativo y/o judicial.

El texto indica que la adhesión podrá formularse desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación que dicte la Dirección General de Rentas y hasta el 27 de diciembre de 2024. El Poder Ejecutivo podrá prorrogar dicho plazo hasta el 31 de marzo de 2025, inclusive. El régimen excepcional resultará aplicable a las obligaciones tributarias, intereses, recargos y multas legislados por el Código Fiscal, cuya recaudación se encuentre a cargo del fisco provincial, devengadas o aplicadas al 31 de marzo de 2024, según corresponda, incluidas las que se encuentren en trámite de determinación de oficio o de discusión administrativa o judicial, y excluidas las multas previstas en los Capítulos I y II del Título VIII del Libro Primero del citado Código.

El Senado aprobó la creación del Sistema Provincial de Manejo del Fuego, la prevención y supresión de incendios forestales y rurales. En el marco de la Ley se crea también el Consejo Asesor Provincial de Manejo de Fuego en el ámbito de la Autoridad de Aplicación, el que dictará su reglamento interno. Se integrará por una persona designada por el Poder Ejecutivo de la Provincia; una persona designada por el Poder Judicial de la Provincia; un senador y un diputado, designados por sus respectivas Cámaras de pertenencia; una persona en representación de las organizaciones legalmente constituidas con competencia en la materia. En su artículo quinto establece la elaboración del Plan Anual Provincial de Manejo del Fuego en áreas rurales y forestales, realizado por la Autoridad de Aplicación, con la colaboración y recomendaciones del Consejo Asesor Provincial de Manejo del Fuego, y el Mapa de Zonificación de Riesgos de Incendio, dentro del primer cuatrimestre del año.

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