La Legislatura quedó a un paso de prohibir el uso de teléfonos en las cárceles

La iniciativa establece la prohibición del ingreso, tenencia y uso de teléfonos celulares por parte de las personas privadas de la libertad.

El Senado de Salta dio un paso clave en materia de seguridad al aprobar un proyecto de ley que busca reforzar los controles en las unidades de detención locales. La iniciativa establece la prohibición del ingreso, tenencia y uso de teléfonos celulares por parte de las personas privadas de la libertad. Tras obtener la media sanción en la Cámara Alta, la propuesta impulsada por los legisladores Juan Cruz Curá y Gonzalo Caro Dávalos fue girada a la Cámara de Diputados para su revisión y tratamiento definitivo.

El objetivo central de la normativa es frenar de raíz la comisión de delitos organizados desde el interior de las cárceles y comisarías de la provincia. Las autoridades locales manifiestan especial preocupación por el incremento, registrado en los últimos años, de modalidades delictivas que se repiten en todo el país, tales como las estafas telefónicas, las extorsiones y las amenazas. Con esta regulación, se busca evitar que aquellas personas que se encuentran cumpliendo una condena tengan facilidades para continuar delinquiendo en perjuicio de la sociedad.

Al respecto, el senador Caro Dávalos explicó que, si bien ya existe una legislación a nivel nacional que restringe estos dispositivos en los penales, el proyecto provincial incorpora mecanismos concretos para facilitar su aplicación efectiva. La medida no solo ratifica la prohibición, sino que además define procedimientos claros para garantizar que los controles se cumplan de manera estricta dentro de los establecimientos penitenciarios y de detención transitoria.

Por su parte, el senador Curá destacó que la iniciativa constituye una herramienta indispensable para proteger a la comunidad, aunque aclaró que se contemplaron las garantías constitucionales de los internos. En ese sentido, el proyecto prevé mecanismos específicos para preservar el derecho de los detenidos a comunicarse con sus familiares y defensores legales. De este modo, los reclusos no quedarán incomunicados, sino que sus comunicaciones se canalizarán a través de sistemas institucionales debidamente supervisados ​​por el Estado.

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